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Cristina Martínez García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número Uno de A Coruña, órgano judicial en que se tramita la Sección Primera declaración concurso 0000325/2018 en la que, por auto de fecha 27 de marzo de 2019 se ha declarado la conclusión y archivo del referido concurso, por el presente, hago saber:
Acuerdo
Uno - Se declara concluso el procedimiento concursal número 325/2018 referente al la deudora Mabel Rosío Gutiérrez Zuleta por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.
Dos - Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición de la deudora que estuvieren subsistentes.
Tres - Declarar que la deudora Mabel Rosío Gutiérrez Zuleta queda responsable del pago de los créditos restantes.
Cuatro - Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.
Cinco - Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
La Publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.
Seis - Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.
Siete - Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.
Ocho - Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Nueve - Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios.
Contra este auto no cabe recurso alguno ( artículo 177.1 ley concursal )
A Coruña, 9 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.
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