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Documento BOE-B-2019-18023

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2019, páginas 22373 a 22373 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-18023

TEXTO

Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado ( artículo 23 y 24 Ley Concursal):

Número de asunto: Concurso abreviado 492/2019 – Sección A

Fecha del auto de declaración: 3 de abril de 2019.

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Entidad concursada: Vivencias SBNF, Sociedad Limitada.

CIF de la concursada: B-55215818

Domicilio social de la concursada: Calle Güell, número 58, edificio 5, Código Postal 17001 de la ciudad de Girona.

Administrador concursal: AC Iuriseco S.L.P.

-Dirección postal: Calle Joaquim Vayreda, número 52, entresuelo, Código Postal 17001 de Girona

-Dirección electrónica: psola@aciuriseco.com

Régimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores o liquidadores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número uno de Girona ( Avenida Ramón Folch número 4-6 de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores o liquidadores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 9 de abril de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia De La Torre Duñaiturria.

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