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Documento BOE-B-2019-19194

Resolución de la Autoridad Portuaria de Valencia por la que se acuerda la modificación sustancial de la concesión para la construcción y explotación de un frigorífico industrial destinado al almacenamiento, tratamiento, distribución y manipulación de productos de la que es titular FRÍO PUERTO VALENCIA, S.L., en el Puerto de Valencia así como la unificación de las concesiones administrativas de su titularidad en el Puerto de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2019, páginas 23812 a 23813 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-19194

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 27 de marzo de 2019, a propuesta de la Dirección, acordó la modificación sustancial de la concesión CV092 de titularidad de FRÍO PUERTO VALENCIA, S.L., con N.I.F. B-97188817, en el Puerto de Valencia, por ampliación del plazo inicial, en los siguientes términos:

Plazo: Se amplía en diez (10) años el plazo inicial, quedando establecida la fecha de finalización de la concesión prorrogada en el 4 de abril de 2033.

Efectuado lo anterior, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia en la citada sesión, autorizó la unificación de las concesiones administrativas titularidad de FRÍO PUERTO VALENCIA, S.L., que fueron otorgadas (i) mediante resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia de fecha 20 de diciembre de 2002, con posterior firma de contrato de fecha 5 de febrero de 2003 con destino a la "Explotación de un frigorífico industrial en el Puerto de Valencia'', y (ii) mediante resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia de fecha 7 de mayo de 2014 destinada a la construcción y explotación de un "Centro de almacenamiento, manipulación y distribución de productos perecederos a temperatura controlada y servicios anexos". Como resultado de dicha unificación, se establecen las siguientes condiciones:

a) La unificación tendrá efectos a partir del día 28 de marzo de 2019.

b) El plazo de vigencia de la concesión unificada finalizará el 12 de febrero de 2040.

c) El objeto de la concesión unificada consistirá en la explotación de un frigorífico industrial destinado al almacenamiento, tratamiento de frio, distribución, manipulación y servicios anexos de productos entrados por vía marítima y tránsito terrestre.

d) La concesión unificada tiene una superficie de DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (16.463 m2). La cuota íntegra de la tasa de ocupación de terrenos para el año 2019 será la calculada en cada título de otorgamiento para cada una de las ocupaciones que componen la concesión unificada.

e) El titular de la concesión unificada, viene obligado a manipular anualmente en la concesión un mínimo de CINCUENTA MIL (50.000) toneladas al año.

f) La cuota íntegra unitaria de la tasa de actividad para el año 2019 para la concesión unificada queda establecida en 0,422647 €/tonelada de mercancía manipulada.

Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88 en concordancia con el artículo 85.7 ambos del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Valencia, 16 de abril de 2019.- Presidente, Aurelio Martínez Estévez.

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