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Documento BOE-B-2019-19882

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2019, páginas 24691 a 24692 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-19882

TEXTO

El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 368/2019 Sección: B

NIG: 0801947120188019698

Fecha del auto de declaración. 26/03/2019

Clase de concurso. CONSECUTIVO

Entidad concursada. ANA ISABEL ROBLES NAVARRO, con DNI-43428531T, con domicilio en la Carretera Pont de Vilomara (Polígono Industrial Bufavent) s/n, Casa Gravat, de MANRESA (08243 Barcelona)

Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal:

JOAN HARO BENAVENTE, economista, con DNI-43406342Y. Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio: Avd Meridiana, n.º 350, 4.º-D de Barcelona (08027). Y, para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal indicada anteriormente; y la dirección de correo electrónico: jharo@joanharo.com, teléfono de contacto nº 931.128.127

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La Lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se acuerda la apertura de la fase de liquidación.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección se tenga conocimiento.

Barcelona, 25 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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