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Documento BOE-B-2019-20874

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2019, páginas 25861 a 25861 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-20874

TEXTO

Doña Cristina Martínez García Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de Mercantil n.º 2 de A Coruña,

Hago saber:

Que en el procedimiento S6C Sección VI Calificación Concurso 442/2016 N de este juzgado de lo Mercantil, seguido a instancia del procurador Francisco Javier Amador Pardo en nombre y representación de New Broadband Network Solutions, SL, contra el deudor Solventea Innovacion, SL, con CIF B70242300, se ha dictado el 28 de septiembre de 2018 Sentencia n.º 95/2018 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando parcialmente las demandas de calificación presentadas por la administración concursal y el Ministerio Fiscal en la presente sección sexta del concurso abreviado 442/2016, en que es concursada Solventea Innovación SL:

- Declaro culpable el concurso por concurrencia de las causas previstas en el artículo 165.1.2.º y 3.º de la Ley Concursal.

- Declaro persona afectada por la calificación a Juan Figueiredo Núñez, como administrador de derecho, y

- Condeno al afectado por la calificación, Juan Figueiredo Núñez a la inhabilitación para administrar los bienes ajenos durante un período de dos años, así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período, al cese de los cargos que pudiera aún ostentar en la concursada y a la pérdida de cualquier derecho que tuviera como acreedor concursal de la masa.

Con desestimación de las demás cuestiones suscitadas.

Todo ello sin imposición de costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma haciéndose saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, en el plazo de veinte días hábiles, previa constitución del depósito que en su caso resulte legalmente exigido y previo pago de las tasas que en su caso resulten aplicables.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.-La anterior Sentencia fue leída en audiencia pública por la Magistrada-Juez que la suscribe en el mismo día de su fecha.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Solventea Innovación, SL y Juan Figueiredo Núñez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el «Boletín Oficial del Estado».

A Coruña, 12 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

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