Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-20896

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2019, páginas 25886 a 25886 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-20896

TEXTO

Edicto

D./Dª. Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 127/2018 y NIG n.º 30030 47 1 2019 0000252 se ha dictado en fecha 7 de mayo de 2019 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario abreviado del deudor MOVILITI SOCIEDAD COOPERATIVA, con CIF F73861627, cuyo domicilio social lo tiene en Centro integrado del Transporte, Avenida de Alhama, Nave 6.1.1, Puerta Izquierda, CP 30835 Sangonera la Seca (Murcia).

2º.- Se ha acordado que las facultades de Administración y disposición del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a la sociedad MC & CANO ABOGADOS Y CONSULTORES, S.L.P., con CIF B73735268, domicilio profesional en J.A. Hernández del Águila, n.º 16, entlo. C-D, - 30002 – Murcia, Teléfono 968 355024 y Fax 968, y dirección electrónica concursomoviliti@forodigital.es, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5º.- La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal.

6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Murcia, 9 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid