Con fecha 28 de febrero de 2019 el Subdirector General de Explotación, P. D. del Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), ha resuelto:
1.-Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y modificación de la línea límite de edificación en la autovía A-7, en la parcela UAS-3 situada junto a la autovía A-7 p.k. 246+450 sentido Barcelona en el término municipal de Málaga, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según las siguientes prescripciones:
- Delimitar como tramo urbano el comprendido en la parcela UAS-3 situada junto al p.k. 246+450 de la A-7 sentido Barcelona (margen derecha) en la calle Ramón Gómez de la Serna, 2 (Málaga).
- Fijar para el tramo urbano establecido en el punto anterior la línea límite de edificación, en consonancia con el PGOU 2011 del municipio de Málaga, a 50 metros medidos en horizontal y perpendicular desde la arista exterior de la calzada más próxima del tronco de la A-7 sentido Barcelona (margen derecha) y a 25 metros del ramal del enlace, colindante con la parcela UAS-3 correspondiente a la calle Ramón Gómez de la Serna, 2 (Málaga).
- Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 3 metros desde la arista exterior de la explanación en la zona del ramal y a 8 metros desde la arista exterior de la citada arista en el tronco, en el tramo urbano delimitado.
- Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medido horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 8 metros desde la arista exterior de la explanación en la zona del ramal y a 25 metros desde la arista exterior de la citada arista en el tronco, en el tramo urbano delimitado.
2.-Tramitar el Estudio de delimitación de tramo urbano, según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, lo cual supone:
- Notificar el Estudio a la Junta de Andalucía y al Excmo. Ayuntamiento de Málaga, a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.
- Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Excmo. Ayuntamiento de Málaga, a fin de que cualquier persona pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones.
A tales efectos, el citado Estudio puede ser examinado en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Avda. de Madrid, n.º 7, Granada; en la de la Unidad de Carreteras de Málaga, Paseo de la Farola, n.º 7, Málaga; y en el Ayuntamiento de Málaga; así como en la página Web del Ministerio de Fomento http:/ /mfom.es/participacion-publica.
Los escritos formulando alegaciones, dirigidos a esta Demarcación, podrán presentarse en las oficinas antes referidas o utilizando cualquiera de las modalidades previstas en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Granada, 2 de mayo de 2019.- El Jefe de la Demarcación de Carreteras, Salvador Fernández Quesada.
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