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Documento BOE-B-2019-2240

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2019, páginas 2875 a 2875 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-2240

TEXTO

Edicto.

D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Xdo. do Mercantil, número 1, de A Coruña,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración de concurso 0000091 /2012 se ha dictado en fecha 4 de enero de 2019 auto de conclusion de concurso voluntario del deudor SABINO SÁNCHEZ IGLESIAS, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Francisco Añón, n.º 11, 4.º A, Cambre (A Coruña).

NIG del procedimiento: 150304710000156.

1. Se declara concluso el procedimiento concursal número 91/2012 referente al deudor SABINO SÁNCHEZ IGLESIAS por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

La administración concursal presentará un informe justificativo del destino dado a los importes que figuran al hecho quinto.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3. Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

4. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado.

5. Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

6. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

7.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.

8. Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC). Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez.- Firma del Letrado Adm. Justicia.

A Coruña, 14 de enero de 2019.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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