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Documento BOE-B-2019-22538

LA SEU D'URGELL

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 24 de mayo de 2019, páginas 28058 a 28059 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-22538

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de La Seu de Urgell (UPAD Civil 1).

Juicio: Declaración de fallecimiento 246/2018/Sección: F.

Parte demandante: Agusti Majoral Parramón.

En el que se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia que lo dicta: Débora Morales Albós.

Lugar: Seu d'Urgell (La)

Fecha: veintidos de enero de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

"Admito la solicitud presentada por Agusti Majoral Parramón, sobre Jurisdicción voluntaria, declaración de ausencia de María Codina Vidal, con último domicilio en Casa Castellnouet, Vilamitjana (Montferrer-Castellbò). Y tengo a Agusti Majoral Parramón como comparecido y parte y con quien se entenderán las diligencias sucesivas.

No considero necesaria la celebración de la comparecencia a que se refiere el art. 17.2 de la LJV por no darse ninguna de las circunstancias indicadas en el mismo.

No siendo necesaria la realización de prueba, concedo al Ministerio Fiscal el plazo de diez días para que emita su informe por escrito.

Conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 LJV, acuerdo publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el "Boletín Oficial del Estado" (BOE) y en el tablón del Ayuntamiento. En el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier persona que pueda tener interés en la declaración de ausencia.

Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Lo acuerdo y firmo.

La Letrada de la Administración de Justícia."

Para que sirva de comunicación a las personas interesadas, conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 15/2015, de 2 de julio (LJV), expido y firmo el presente edicto que será publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de la localidad de Vilamitjana (Montferrer-Castellbò) y en el BOE.

Este edicto ha de ser publicado dos veces, con un intervalo mínimo de ocho días.

La Seu d'Urgell, 22 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Débora Morales Albós.

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