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Documento BOE-B-2019-23443

CARAVACA DE LA CRUZ

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2019, páginas 29072 a 29072 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-23443

TEXTO

Edicto.

D.ª Nuria Ester Villa Cartagena, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Caravaca de la Cruz,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 300/2018 y NIG 30015 41 1 2018 0000190, se ha dictado en fecha 4 de septiembre de 2018 auto de declaración de concurso consecutivo del deudor D.ª Encarnación Ortiz Pérez, con DNI 77511043P, con domicilio en calle Doña Guillerma, número 3, 3.º H.

2.º Se ha acordado que sus facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración concursal.

Se ha designado, como Administración concursal a la Letrada doña Inmaculada González Pina, con domicilio postal en la avenida Antoñete Gálvez, número 18, 8.º C, de Murcia (CP 30006), número de teléfono 868955100, número de fax 968205487 y dirección electrónica pinagonzalez@gonzalezpina.es señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de esta ciudad.

5.º Habiendo presentado la Administración concursal plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de quince días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal.

Caravaca de la Cruz, 21 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Nuria Ester Villa Cartagena.

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