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Documento BOE-B-2019-23569

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2019, páginas 29199 a 29200 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-23569

TEXTO

Edicto.

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,

por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 990/2015, habiéndose dictado en fecha 21/03/2019 por el ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso necesario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Se declara la conclusión del Concurso Ordinario (CNO) necesario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 990/2015, promovido por el Procurador Señor Francés Silvestre, Vicente Blas, en nombre y representación de la mercantil Quesos Belda, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación

3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don José Luis Corell Badia, con DNI 19848815E, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Quesos Belda, S.L., con CIF B 96888847, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la Ley Concursal) y tiene carácter firme.

5. Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 06/02/2019.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (disposición transitoria segunda del R.D.I 3/2009), y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que entregarán al Procurador de la concursada Francés Silvestre, Vicente Blas, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, habiéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 Ley Concursal).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma su señoría. Doy fe.

Valencia, 21 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

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