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Documento BOE-B-2019-24570

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 2019, páginas 30480 a 30480 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-24570

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

D.ª Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Admon. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (art. 23 y 24 LC):

Número de asunto: 84/2019- Sección B.

Fecha del auto de declaración: 4 de marzo de 2019.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada: Giroquick, S.L.

CIF de la concursada: B-17.757.170.

Domicilio social de la concursada: Calle Rubén Darío, núm. 14, de la población de Sils, CP 17410 (Girona).

Administrador concursal: Mas de dos Abogados y Economistas, S.L.P.

- Dirección postal: Calle Major, número 12, piso 3.º, de la ciudad de Lleida, CP 25007 (Lleida).

- Dirección electrónica: giroquick84@gmail.com

Régimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores y liquidador, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramón Folch, núm. 4-6, de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administrador concursal.

Girona, 25 de marzo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

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