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Documento BOE-B-2019-24895

Resolución de 28 de mayo de 2019, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, solicitada por la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, para realizar actividades de promoción de la aceituna de mesa, mejorar la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas 2019/2020, 2020/2021 y 2021/2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2019, páginas 30930 a 30937 (8 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2019-24895

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo y modificado por Real Decreto 64/2015, de 6 de febrero, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Organización Interprofesional de la Aceituna de mesa, en la reunión de la Asamblea General celebrada el 30 de abril de 2019.

Debido a la extensión del texto del acuerdo se publica como Anexo un resumen con sus características básicas. El texto íntegro del acuerdo, así como el resto de la documentación del expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica, puede ser consultado en el siguiente enlace al portal web del MAPA o, presencialmente, en la Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación – Pº Infanta Isabel, 1 – Madrid.

https://www.mapama.gob.es/es/alimentacion/temas/interprofesionales-y-contratos-agroalimentarios-tipo-/Extensiones_Norma_tramitacion.aspx

Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo

Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción de la aceituna de mesa, mejorar la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados y realizar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas 2019/2020, 2020/2021 y 2021/2022.

Período de vigencia.

1. Se solicita la aprobación de la extensión de normas y la aportación económica obligatoria para tres campañas.

2. Las campañas comprenderán desde el 1 de septiembre de2019 hasta el 31 de agosto de 2022.

Objetivos.

Para afrontar todos estos retos, las organizaciones que representan al sector solicitan, a través de la Interprofesional una Extensión de Norma con la que se pretenden alcanzar los siguientes objetivos:

· Mediante la promoción, aumentar el consumo prestigiando el producto y mejorando la información del consumidor nacional e internacional.

· Mediante la mejora de la información y el conocimiento de las producciones y los mercados, dar transparencia al mismo con el fin de contribuir a su estabilidad y poniendo a disposición del sector datos de producción, comercialización, y existencias de entamadoras y operadores comerciales.

· La elaboración de contratos tipo compatibles con la normativa comunitaria, si así lo acordaran los órganos directivos de la Interprofesional.

· Mediante la investigación orientada a las siguiente líneas de acción: Desarrollar técnicas de producción que mejoren la rentabilidad, como por ejemplo, la mecanización de la recolección.

- Fomentar la investigación en favor de la mejora de la calidad de los productos, la seguridad alimentaria y el respeto al medioambiente.

- En relación a la nutrición y propiedades del producto, mejorar el conocimiento de aquellos efectos que contribuyan a aumentar o a introducir el consumo de aceitunas en todos los países, así como desarrollar preparaciones que puedan aumentar la demanda.

· La adopción de medidas para regular la oferta, de acuerdo con lo previsto en la normativa de competencia nacional y comunitaria que, en caso de ser aprobadas, deberán ser de obligado cumplimiento para todos los operadores del sector.

Líneas de actuación.

Las acciones que se van a acometer son las previstas en el artículo 3.1 letras b), d) y f) de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

Promoción de la aceituna de mesa.

La producción española de aceituna de mesa se destina en más de un 67% a la exportación y en un 33% al mercado nacional. Aunque España sigue siendo líder mundial tanto en producción como en comercialización, siguen estando presentes una serie de incertidumbres sobre el futuro del sector que hacen que la actividad de promoción adquiera en estos momentos una relevancia especial.

Durante los últimos años las exportaciones españolas muestran una clara tendencia de estancamiento e, incluso, de descenso en algunos mercados importantes como es el caso de los países del Este o EEUU, donde es especialmente preocupante la entrada de aceitunas de países competidores tales debido a los aranceles a la aceituna negra. Otros países de la cuenca Mediterránea como Marruecos, Turquía o Egipto, realizan igualmente una competencia preocupante a las aceitunas españolas en mercados como Alemania, Rusia y también EEUU.

En los principales mercados mundiales, el consumidor asocia a la aceituna de mesa con España lo que constituye una gran ventaja que el sector tiene que aprovechar, pero esto no se produce de forma masiva, produciéndose divergencias en la identificación del origen en favor de países como Grecia o Italia. Por todo ello, resulta fundamental reforzar el posicionamiento actual a través de la promoción de la marca "Olives from Spain".

En términos generales, se puede afirmar que la aceituna es un producto insuficientemente valorado por los consumidores debido al desconocimiento por parte de éstos de sus importantes propiedades y atributos, variedades y formas de presentación, la calidad del producto y las diferentes formas de consumirlo.

Es por ello necesario realizar acciones de publicidad en el mercado nacional e internacional, que aporten conocimiento del producto y que motiven al consumidor a comprar aceitunas, ofreciéndoles alternativas o nuevas ideas que creen hábitos de consumo.

Hasta la fecha, Interaceituna ha ejecutado con éxito programas de promoción que han perseguido los siguientes objetivos:

- Modernizar la aceituna, hacerla más atractiva a los consumidores a través de nuevas recetas.

- Comunicar las bondades de este alimento y sus principales propiedades nutricionales.

- Dotar de un mayor valor y reconocimiento a la misma.

Para ello, se han llevado a cabo: plan de medios, actividades de relaciones públicas, acciones online y creación de contenidos, gabinete de prensa y plan de medios impresos, recetas y vídeo recetas y estudios de hábitos de consumo

La Interprofesional de la Aceituna de Mesa propone el siguiente Plan de Promoción para los próximos 3 años de extensión de norma:

· Mercado nacional: Acciones de promoción de diferente naturaleza que se desarrollarán en España, destinándose para ello, de forma aproximada, el 45 % del presupuesto global de promoción.

· Mercado exterior: Acciones de promoción de diferente naturaleza que se desarrollarán en países de carácter estratégico para el sector tales como: EEUU, Rusia, Francia, Reino Unido, India o Polonia, para lo cual se destinará, de forma aproximada, el 55 % del presupuesto global de promoción.

A los mercados anteriormente citados se podrán sumar otros en base a las necesidades del sector. La selección final de países objeto de promoción y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, dependerá de los potenciales acuerdos de colaboración que INTERACEITUNA alcance con diferentes organismos colaboradores tales como ICEX España Exportación e Inversión, la Agencia Andaluza de Promoción Exterior (EXTENDA) o Extremadura Avante.

Como se ha indicado, la exportación es una actividad fundamental para este sector, representando el 67% de la aceituna comercializada, ocupando España la posición de liderazgo mundial como primer país exportador y también productor.

Dado que el mantenimiento de esta posición es un objetivo prioritario y dada la proliferación de políticas proteccionistas como los aranceles impuestos por EEUU a la aceituna negra en 2018 con una duración de cinco años prorrogables por cinco más, es necesario contemplar un capítulo destinado a la defensa comercial y asistencia jurídica integrado como actividad accesoria de la promoción que incluirá todas las acciones que sean complementarias y necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la extensión o que estén relacionados con alguno de ellos.

Se estima que a esta actividad accesoria podría destinarse un 7 % del presupuesto, aunque las necesidades pueden ser mucho mayores, como ha puesto de manifiesto el caso de los aranceles de EEUU contra la importación de aceituna negra de España.

Información de mercados y aforo de cosechas

Gracias a la estrecha colaboración que el sector mantiene con la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), casi todas las necesidades en materia de información del mercado están satisfechas. No obstante, sigue siendo necesario mantener el sistema imparcial de previsión de aforo de cosechas, realizado con procedimientos estandarizados, que se aplica desde 2008 y que permite a los operadores del sector enfrentarse a los mercados de la aceituna de mesa con una visión prospectiva y mayor conocimiento para poder adoptar decisiones comerciales más eficientes y oportunas.

Dentro de este paquete de actuaciones podrán incluirse también otros trabajos dirigidos al estudio de la cadena de valor de la aceituna de mesa, con el objetivo de mejorar su funcionamiento.

Programas de I+D+i y Estudios

Investigar nuevas técnicas de producción y transformación de la aceituna que sean respetuosas con el medio ambiente, mejorar los procesos que aumenten la seguridad alimentaria o descubrir nuevas aplicaciones de la aceituna de mesa ampliando las posibilidades de su consumo, son líneas de investigación que hay que continuar abordando desde la Interprofesional.

De la misma manera, para rentabilizar los esfuerzos realizados hasta la fecha, se debe continuar con la investigación en materia de Recolección Mecanizada, al ser ésta la mayor debilidad que presenta el futuro del sector y del que depende su viabilidad económica, debido a la gran repercusión que tiene la recolección de la aceituna en el coste del cultivo del olivar de aceituna de mesa. Para el desarrollo de estas investigaciones, se colaborará con instituciones científicas nacionales e internacionales.

Por otra parte, es necesario continuar estudiando todos los aspectos nutritivos y saludables que rodean a la aceituna de mesa para trasladar esa información al consumidor. Asimismo, es importante aprovechar todos los avances científicos en el ámbito nutritivo y sanitario y descubrir sus posibles beneficios para la salud. Finalmente, será muy interesante de cara al futuro el poder detectar nuevas exigencias de los consumidores con el fin de potenciar la búsqueda de preparaciones acordes con las mismas.

Durante la anterior Extensión de norma anterior se han realizado los siguientes proyectos, los cuales, tendrán continuidad en el periodo de la nueva Extensión que se solicita:

· Nuevas alternativas de material vegetal y sistemas de cultivo. Proyecto NOVAMESA

Línea de investigación liderada por la Universidad de Sevilla que tiene el objetivo de investigar, a través de unos ensayos de material vegetal con distintos genotipos del programa de mejora que tiene este centro (obtenidos por diversos cruzamientos desde 2003) y variedades de aceitunas de otros países, el comportamiento con diferentes sistemas de cultivo: marcos intensivo y súperintensivo. Se ha acometido una plantación experimental con las citadas "nuevas variedades" para el estudio de las variables agronómicas y adaptación al medio.

· Investigación comparativa de variedades de aceitunas de mesa de otros países con respecto a variedades autóctonas.

Esta línea de investigación complementa al estudio de la Universidad de Sevilla pero en este caso no consta de un programa de mejora genética. Está basado en una plantación de distintas variedades de aceituna de mesa de otros países junto con variedades españolas con la componente variable de la ubicación con respecto al programa NOVAMESA. El objetivo de esta actividad es comprobar la adaptación de las variedades de aceituna de mesa en diversas localizaciones, aprovechando la plantación del proyecto NOVAMESA.

· Investigación de la fertirrigación cálcica de aceituna de mesa

Esta línea de trabajo permitirá conocer el efecto de las aplicaciones del calcio en el olivar de mesa a través de la fertirrigación (incorporación del abonado a través del riego), en relación a la calidad final del producto. Unos resultados favorables ayudarán a conseguir una producción más adaptada a las prácticas de la recolección mecanizada.

· Proyecto Innolivar.

Este proyecto de transferencia de la Universidad de Córdoba, tiene como objetivo aunar los avances realizados en investigación tanto en olivar de mesa como en olivar de almazara, y plasmarlos en la ejecución de distintos prototipos pre-comerciales, a través de una licitación pública dirigida a diferentes empresas de maquinaria. El proyecto consta de un total de 12 líneas de trabajo diferenciadas, de las que el sector de la aceituna de mesa participa en dos:

- Diseño de sistemas de recolección integral basados en sacudidores de copa.

- Diseño de sistemas integrados para la trazabilidad.

Aportación económica obligatoria: cuotas.

Para financiar el cumplimiento de sus fines, INTERACEITUNA se propone establecer al amparo de lo dispuesto en la Ley 38/1994, reguladora de las interprofesionales agroalimentarias, y en sus posteriores modificaciones, una aportación económica obligatoria sectorial de 5,1 € por tonelada de aceituna de mesa. Esta aportación se desglosa en tres cuotas iguales de 1,7 € por tonelada cada una, pagaderas mensualmente y aplicables según la actividad desarrollada por los operadores del sector: producción, entamado y envasado.

Para una producción media por campaña de 568.628 toneladas, los fondos generados a través de la aportación económica obligatoria ascenderían a 2.900.000 € por campaña.

· Cuota de producción: los productores agrícolas contribuirán a la aportación económica obligatoria con una cuota de 1,7 € por tonelada de aceituna cruda que sea entamada. Dicha cuota se devengará en el momento de la entrega a la industria transformadora, bien directamente o a través de puestos de comprar y será pagada a la Interprofesional por dicha industria transformadora, por cuenta del agricultor productor de las aceitunas. Cuando la entamadora emita al agricultor la factura de proveedores por las aceitunas entregadas, le practicará la retención del importe de la cuota de producción que pagó en su nombre a la Interprofesional, haciendo constar la expresión: "Retención Extensión de Norma Orden AAA/......" seguida de su importe.

· Cuota de entamado: las industrias de entamado contribuirán a la aportación económica obligatoria con una cuota de entamado de 1,7 € por tonelada de aceituna cruda que se entame en sus instalaciones, y se devengará al entrar en ellas. La entamadora ingresará la cuota de entamado en la cuenta de la Interprofesional, junto con la de producción y, por tanto, en los mismos plazos.

· Cuota de envasado: Las industrias envasadoras contribuirán a la aportación económica obligatoria con una cuota de envasado de 1,7 € por tonelada de aceituna de mesa envasada, expresada en su equivalente en peso de aceituna entera y escurrida, cualquiera que sea su presentación, preparación o destino. Dicha cuota se devengará en el momento de la entrada de la aceituna en la planta de envasado o, en el caso de que se envase en la misma planta de transformación, cuando entre en la línea de envasado.

Otras disposiciones.

a) La aceituna importada estará sometida a la aportación económica obligatoria, mediante la aplicación de las cuotas correspondientes. Así, a la aceituna importada cruda se le aplicarán las cuotas de producción y de entamado al entrar en la entamadora. A la aceituna que se importe entamada se le aplicarán las cuotas de producción y de entamado al entrar en la entamadora; pero si entrase directamente en la envasadora, se le aplicará además la cuota de envasado. Los industriales importadores serán los obligados al pago de dichas cuotas, que se devengarán al entrar en sus instalaciones y el ingreso de su importe se hará en el mismo plazo que para la aceituna de origen nacional.

b) Aquellas industrias de transformación que presten el servicio de entamado de aceituna cruda a un tercero, deberán incluir en la factura el importe de las cuotas de producción y de entamado correspondientes. Dichas cuotas serán ingresadas por la industria que presta el servicio en el mismo plazo anteriormente citado.

c) La aceituna entamada que se exporte a granel por la entamadora estará sujeta a la aportación económica obligatoria, mediante la aplicación de la cuota de envasado, que se devengará a la salida de la entamadora, cuyo titular será el obligado al pago en el mismo plazo que para las restantes cuotas.

d) La aceituna transformada que los entamadores vendan a granel en el mercado interior a otros operadores, industrias o a cualquier empresa que, sin estar registradas como envasadoras de aceituna de mesa, la manipulen y/o comercialicen, devengará la cuota de envasado a la salida de la entamadora. En estos casos, el industrial entamador será el obligado al pago de esta cuota, cuyo importe ingresará en el mismo plazo que las demás.

e) Los operadores obligados al pago de la aportación económica obligatoria establecida en la Extensión de Norma serán aquellos que realicen una o varias de las actividades sujetas a cuota citadas en este acuerdo y, más concretamente, aquellos a los que se refiere el Real Decreto 861/2018, de 13 de julio, por el que se establece la normativa básica en materia de declaraciones obligatorias.

f) Los operadores que realicen varias actividades, aportarán la cantidad que resulte de aplicar la cuota correspondiente a cada una de ellas.

g) La aportación económica obligatoria se recaudará por la Interprofesional, a través de las cuotas por actividad en que se desglosa, en el transcurso de las campañas a que se refiere la Extensión de Norma, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2022. En el sector de la aceituna de mesa, la campaña se inicia el 1 de septiembre y termina el 31 de agosto del año siguiente (Real Decreto 861/2018, de 13 de julio).

Presupuesto y programa anual de actividades.

De acuerdo con lo establecido en la ya citada Ley 38/1994, los recursos generados por la Interprofesional mediante las aportaciones económicas obligatorias, solamente podrán destinarse a financiar el cumplimiento de sus fines.

A tal efecto, antes del inicio de cada campaña, la Interprofesional aprobará el presupuesto de ingresos y gastos junto con el correspondiente Plan de Actividades para la campaña siguiente.

Se establecen en el cuadro siguiente los criterios de aplicación de los recursos presupuestados para su distribución entre las diferentes líneas de actuación que integran el Programa anual de acciones.

Criterios de aplicación de los fondos

Promoción

Mercados exteriores

41,25%

1.196.250 €

Mercado nacional

33,75%

978.750 €

Actividades de defensa comercial en mercados exteriores

7,00%

203.000 €

Mejora de la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados

1,55%

44.950 €

I+D+i

Estudios

2,66%

77.050 €

Medio Ambiente

4,14%

120.000 €

Recolección mecanizada

9,65%

280.000 €

TOTAL

100%

2.900.000 €

Gestión, seguimiento y control.

De las aportaciones obligatorias.

Los órganos directivos de la Interprofesional gestionarán la cuenta bancaria en la que se ingresen mensualmente las cuotas en las que se desglosa la aportación económica obligatoria establecida en la Extensión de Norma y controlará los movimientos que se produzcan en ella. Esta cuenta se someterá anualmente a control por auditoría externa.

Por otra parte, a los órganos directivos les corresponde también realizar el seguimiento de las aportaciones a la Interprofesional, con el fin de detectar las posibles desviaciones o incumplimientos que se presenten y adoptar las iniciativas que procedan para regularizar los pagos y, en su caso, para que se apliquen las medidas de corrección pertinentes, conforme a la legislación vigente.

Asimismo, los órganos de dirección se encargarán de supervisar y controlar la ejecución del presupuesto anual y así como la aplicación de los fondos presupuestados en los proyectos y actuaciones recogidos en el programa anual de actividades.

La Interprofesional desarrollará un plan de comunicación de la extensión de norma, cuyo eje vertebrador será la implantación de una web corporativa que incluirá instrumentos interactivos con los operadores sectoriales. El plan de comunicación contará además, con actividades de comunicación e información dirigidas a todos los operadores sectoriales mediante jornadas informativas, comunicados, informes en la página web y notas de prensa.

Toda la información generada como consecuencia de la extensión de norma será confidencial y se aplicará el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

De los pagos de las aportaciones obligatorias.

El control específico de los pagos realizados como aportación económica obligatoria por los operadores del sector, en aplicación de lo establecido en la Extensión de Norma, será efectuado por un gestor de recaudación que atendrá las consultas e incidencias que se generen. Igualmente, atenderá consultas y gestiones iniciales en situaciones de impagos, reclamaciones y otros posibles conflictos.

Se contrastarán los importes realmente pagados por cada operador con los que correspondan, para el periodo de que se trate, por el desarrollo de sus actividades productivas y comerciales sometidas a cuota, aplicando para ello los cruces de información y las comprobaciones materiales que considere necesarios.

De los cobros a deudores y medidas correctoras.

La Interprofesional, en base a los datos contrastados por INTERACEITUNA, se requerirá formalmente el pago a los deudores.

En los casos en los que no se atendiese el requerimiento, denunciará ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a los operadores deudores por el incumplimiento de su obligación de pago a la para que, en aplicación del régimen sancionador establecido en la Ley 38/1994, se inicie cuando proceda el correspondiente expediente sancionador.

Por otra parte, INTERACEITUNA reclamará por la vía civil, mediante la fórmula que estime oportuna, el pago de la deuda a los operadores incumplidores.

Madrid, 28 de mayo de 2019.- El Director general de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

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