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Don Miguel Ángel Martínez Martínez, Letrado de la Adm. de Justicia, del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los arts. 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente,
Hago saber:
Que se ha dictado auto de declaracion de Concurso Consecutivo en liquidacion de persona física, ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimeinto: 46250-42-1-2019-0002541.
Asunto: Concurso Consecutivo en Liquidacion de persona fisica n.º 000095/2019.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaracion: 20-02-19.
Nombre de la persona a la que afecta el concurso: Don José Juan García Dolz, NIF 19464988-L, con domicilio en Valencia, Calle Torrefiel, n.º 3-3.ª
Administrador Concursal. Don Raúl Lastra Sanchís, NIF 22571458V, con domicilio en la calle Jesus, 93-7.ª, Valencia - 46007, y con correo electronico: abogado@iusnova.com
Facultades del concursado: Suspendidas. Se ha acordado la Intervencion de las funciones de disposicion y administracion del/los concursado/s, que quedarán sometidas a la autorizacion o conformidad de la administración concursal designada.
Examen de los autos. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Forma de personación. Los acreedores pueden personarse por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de creditos conforme al art. 85 LC. Los acreedores del concursado deberán ponerlos en conocimiento de la Administracion Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electronicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adqusición y vencimiento caracterisiticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al credito.
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto general de llamamamiento a los acreedores del cocnursado para que puedan comunicar sus creditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificacion en el plazo de un mes a contar desde la ultima de las publicaciones en el BOE.
Valencia, 23 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel Martínez Martínez.
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