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Documento BOE-B-2019-26337

Extracto de la Orden de 27 de mayo 2019, por la que se convoca, para el año 2019, la concesión de ayudas a las organizaciones de productores y sus asociaciones, del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, para la preparacion y aplicación de los planes de produccion y comercializacion en 2016 y 2017,y para la creacion de nuevas organizaciones de productores pesqueros y sus asociaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo, Marítimo y de Pesca (FEMP) gestionadas por el Ministerio

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2019, páginas 32858 a 32859 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2019-26337

TEXTO

BDNS(Identif.):460295

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 letra b) y 20.8 letra a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas, las Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros (AOP), de ámbito nacional y transnacional, que se encuentren dadas de alta en el Registro establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.

Segundo. Objeto

Se convoca para el ejercicio de 2019, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas a las siguientes líneas, previstas en el Título II del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre:

a) Ayudas a las Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros (AOP), de ámbito nacional y transnacional, destinadas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización (PPyC) de los años 2016 y 2017, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo II del citado Título II del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre.

b) Ayudas a las citadas OPP y AOP, destinadas a la creación, y cuyo reconocimiento por parte de la Administración se haya aprobado con posterioridad al 29 de diciembre de 2013, de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV del citado título II del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre.

Tercero. Bases reguladoras

El Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Cuarto. Cuantía

La financiación de las líneas de ayuda se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.11.415B.772, "Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la comercialización de los productos pesqueros" de los Presupuestos Generales del estado vigentes. Las cuantías correspondientes a cada una de las líneas de ayudas son las siguientes:

a) La cuantía máxima total para la ayuda a los planes de producción y comercialización para esta convocatoria se establece en: 4.974.325 euros.

b) La cuantía máxima total para la ayuda a la creación de OPP y AOP para esta convocatoria, se establece en: 100.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes, será de 15 días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las OPP y AOP como personas jurídicas, deberán presentar las solicitudes a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los modelos que estarán accesibles en la sede electrónica: (https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), o en cualquiera de los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. Criterios de adjudicación

La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con los criterios de valoración, establecidos en los artículos decimocuarto y vigésimo de la convocatoria, para las ayudas a los Planes de Producción y Comercialización y ayudas a la creación de OPP y AOP respectivamente.

Madrid, 27 de mayo de 2019.- Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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