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Documento BOE-B-2019-26505

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2019, páginas 33090 a 33091 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-26505

TEXTO

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000073/2016 habiéndose dictado en fecha 31 de mayo de 2019 por el Ilmo. Sr/a. Magistrado-Juez del juzgado de lo Mercantil nº3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se Decreta la Conclusión del Concurso Abreviado (CNA) tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000073/2016, promovido por el Procurador Sr/a Alonso Gimeno, Esperanza, en nombre y representación de la mercantil GREEN PLANET ANÁLISIS Y ACTUACIONES EN EL MEDIO AMBIENTE, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin mas trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª Juan Vicente Santos Cervero, con DNI nº 20.418.764-P, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la Mercantil Green Planet Análisis y Actuaciones Medio Ambientales, SL, con CIF nº B-96799549, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (disposición transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el Borme, y así mismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregaran al/la Procurador/a de la concursada Alonso Gimeno, Esperanza a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2ª del Concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177.1 LC)

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo./a Sr./a D/Dña. Jorge De La Rua Navarro Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

Valencia, 31 de mayo de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

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