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Documento BOE-B-2019-27001

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2019, páginas 33640 a 33640 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-27001

TEXTO

Don Luis Marugán Cid, Letrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Ávila, con funciones de Juzgado de lo Mercantil, por el presente,

Hago saber:

Que en el procedimiento seguido ante este juzgado Sección I Declaración Concurso Voluntario 386/2013, N.I.G.: 05019 41 1 2013 0019115, relativo al deudor ALFONSO PINDADO, S.L., con CIF nº. B05107594, se ha dictado auto de conclusión del concurso en fecha 27 de mayo de 2019, firme, cuya parte dispositiva dispone:

"1.- Declarar la conclusión del concurso del deudor ALFONSO PINDADO, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2.- Firme la presente resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la extinción de la persona jurídica y la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, quedando extinguida la concursada.

3.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

4.- Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

5.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal –artículo 181.3- y el cese de su actuación."

Ávila, 27 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Marugán Cid.

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