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Documento BOE-B-2019-27116

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2019, páginas 33760 a 33760 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-27116

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 Ley Concursal, en relación a lo ordenado en el 177.3 del mismo texto legal, anuncia:

Que en el procedimiento concursal nº 477/2011 (NIG 2906742M20110000859) del deudor DIGISUR, S.L., C.I.F. Nº B-92505809, por auto de fecha 11 de junio de 2019 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal:

Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de DIGISUR, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento.

Acuerdo la extinción de la sociedad, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución.

La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC.

Málaga, 12 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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