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Documento BOE-B-2019-27249

GANDÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2019, páginas 33984 a 33984 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-27249

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Luna Castro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Gandía.

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramita el proceso concursal 369/2019 en el que se ha dictado con fecha 3 de mayo de 2019 auto declarando en estado de concurso a doña Montserrat Agüero Cedillo con NIF 50191812Q, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

N.I.G. del procedimiento: 46131-42-1-2019-0002088

Tipo de concurso: consecutivo. Se ordena la intervención por parte de la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la persona natural en concurso.

Concursada: doña Montserrat Agüero Cedillo con domicilio en avenida de la Universitat, 7, Pta. 18 de Gandía.

Administrador concursal: don Juan Ramón González Sotorres, con domicilio en calle Císcar, 45, 3ª 46005 Valencia, teléfono 630678087, fax XXX, con correo electrónico gsotorres@icav.es

Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Gandía, 3 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Victoria Luna Castro.

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