Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-27508

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2019, páginas 34316 a 34317 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-27508

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal voluntario abreviado n.º 308/2019, de la entidad Amerinca Producciones Artísticas, S.L., con CIF n.º B38829727, se ha dictado Auto de fecha 9 de mayo de 2019, por don Néstor Padilla Díaz, cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"Primero.-Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador doña Gabriela Domínguez González, en nombre y representación de Amerinca Producciones Artísticas, S.L., con CIF n.º B38829727.

Segundo.-Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Amerinca Producciones Artísticas, S.L. con CIF n.º B38829727, y domicilio en Carretera General La Vera, n.º 3, Edificio Piedras Blancas, portal 1.º, vivienda A, 38400 del Puerto de la Cruz. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas del Capítulo II del Título VIII de la LC, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 190, con aplicación supletoria de las normas del procedimiento ordinario (art. 191 LC).

Tercero.-El deudor Amerinca Producciones Artísticas, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la Administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. – La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia. La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor (... ). Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

Modo de impugnación: Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite.

Así lo dispone, manda y firma D. Néstor Padilla Díaz, Juez de Refuerzo Jat, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal, se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona el Auditor D. Pedro Jesús Rodríguez Rodríguez, con DNI 43806207Q con domicilio profesional en Avda. Buenos Aires, n.º 28, Edf. El Cabo, con n.º de teléfonos 670410519, 922.24.15.81 y con número de fax 922.27.48.51 y correo electrónico pedro.rodriguez@macg.es. extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 28 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid