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Documento BOE-B-2019-27610

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 20 de junio de 2019, páginas 34492 a 34493 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-27610

TEXTO

EDICTO

Xavier García Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1133/2019 Sección: C

NIG: 0801947120198011149

Fecha del auto de declaración. 31 de mayo de 2019 y 5 de junio de 2019.

Clase de concurso. voluntario.

Entidad concursada. Sharafat Ali, con NIE X05569234Z.

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal:

ENRIQUE ÁLVAREZ HERNÁNDEZ con DNI 35.049.942-N y domicilio en calle Paris 162, 2°2° de Barcelona 08036 y correo elecrtrónico ealvarezh@economistes.com, telefono 639 020 140, fax n° 931 147 485.

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5a.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la Administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 17 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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