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Documento BOE-B-2019-28642

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2019, páginas 35774 a 35774 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-28642

TEXTO

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 Pamplona/Iruña, en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), A N U N C I A:

1°. - Que en el Concurso Consecutivo Abreviado número 0000257/2019, NIG 3120147120190000252, por auto de 21 de mayo de 2019 se ha declarado en concurso Consecutivo a los deudores Christian Casado Enciso y Ana Marta Lera Cornago, con NIF n° 16016057F y 52444774J, respectivamente y domicilio en Calle Príncipe de Viana, 2 1° de Tudela.

2°. - Que los deudores han sido suspendidos en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidos por la Administración Concursal.

3°. - Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración Concursal está integrada por la persona jurídica Sama Administradores Concursales, con CIF B71122345, domicilio postal en 31500 Tudela, Avenida de Zaragoza, n.° 2, escalera 1, 1.° C, 2 y correo electrónico: sama@samaprocon.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del auto de declaración del concurso.

4°. - Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5°. - Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y tener por presentado el plan de liquidación, dando traslado del plan presentado por plazo de 15 días para que el concursado y los acreedores puedan realizar alegaciones u observaciones al mismo y formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural. El plazo de quince días antes citado comenzará a computarse el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE.

Pamplona/Iruña, 30 de mayo de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel Del Valle.

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