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Documento BOE-B-2019-28761

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2019, páginas 35937 a 35937 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-28761

TEXTO

Edicto

Doña Carmen Gutiérrez Meléndez, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valladolid, por el presente,

Hago Saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I Declaración Concurso 0000405 /2019 y NIG número 47186 42 1 2019 0006942, se ha dictado en fecha 29 de mayo de 2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Ángel Sánchez Rodríguez, Marta María Cortés García, con DNI número 71121132A, 71130140H, que es firme, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Hoces de Riaza número 6, Aldeamayor de San Martín (Valladolid).

2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a:

Doña Beatriz Sánchez López, Colegiada 102.801 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente:

calle Santiago 19, 2.ºC, 47001, VALLADOLID.

La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente:

Bsanchez@veiabogados.com

para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, el cual deberá estar en la localidad en que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º- Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 13 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Carmen Guiterrez Meléndez.

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