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Documento BOE-B-2019-29247

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 29 de junio de 2019, páginas 36626 a 36626 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-29247

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000224/2019 habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2019 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Abreviado Voluntario de acreedores de KIRIKI MODA INFANTIL, S.L., con domicilio en avenida Orihuela 70 de Almoradí (Alicante) CIF nº B54554514, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, representada por la Procuradora doña JULIA ESTEVE PÉREZ.

Facultades del concursado: Intervenidas.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don JOSE ANTONIO PALAO RODENAS, colegiado del Ilustre Colegio de Titulados Mercantiles de Alicante con domicilio postal para notificaciones: Calle el Salvador nº 17, 03203 de Elche; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: palaoconcursos224@gmail.com; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Calle el Salvador nº 17, 03203 de Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Admisión propuesta de convenio anticipada: Desde el Auto y hasta la expiración del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores, cualquier acreedor podrá manifestar su adhesión en los términos de los Arts. 103 y 108 de la LC.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso confome al artículo 23 LC.

Elche, 17 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.

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