Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-29693

O PORRIÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2019, páginas 37179 a 37181 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-29693

TEXTO

Xulgado do Primeira Instancia e Instrucción número 3 de O Porriño.

Edicto

En este órgano judicial se tramita Concurso Abreviado 115/2017, seguido a instancias de Alberto José Carrera Rua, en los que se ha dictado Auto de 31 de julio de 2017 cuyo hecho y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Hechos.

Úmico.- Por la Procuradora de los Tribunales doña Andrea Estévez Santoro, en nombre y representación de don Alberto José Carrera Rua y con la asistencia Letrada de doña Rosa María Pérez Fernández, se ha instado el concurso voluntario de don Alberto José Carrera Rua, adjuntando a la solicitud los documentos pertinentes.

Parte Dispositiva.

Acuerdo: Que debo declarar y declaro al deudor don Alberto José Carrera Rua en situación de concurso con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y, en concreto, declaro y acuerdo:

a) El carácter voluntario del concurso.

b) El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Se advierte al deudor que tiene el deber de comparecer personalmente ante el Juzgado y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso, obligación que se extiende a sus apoderados y representantes de hecho o de derecho, así como a quienes lo hayan sido durante los dos años anteriores a la declaración del concurso.

c) Tramitar el presente concurso por los cauces del procedimiento abreviado.

d) Nombrar Administrador concursal a don Víctor Lorenzo Abelleira Argibay. La persona designada tiene domicilio profesional en calle Cobián Arenal, número 14, Oficina 107, Código Postal 36001 de Pontevedra, teléfono 986863285 y correo electrónico vlabelleira@gmail.com. La persona designada ha de aceptar el cargo ineludiblemente dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución.

Asimismo, deberá facilitar, en caso de no constar ya en las actuaciones, las direcciones postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos, así como cualquier otra notificación. En cuanto a la dirección electrónica, la misma deberá reunir las condiciones de seguridad en las comunicaciones electrónicas en lo relativo a la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones.

Por otra parte, se le requiere para que en el acto de aceptación de su cargo, acredite la vigencia del contrato de seguro o una garantía equivalente en los términos del art. 6 del Real Decreto 1333/12, de 21 de septiembre. En concreto, mediante exhibición del original de la póliza y del recibo de la prima correspondiente al período del seguro en curso, o del certificado de cobertura expedido por la entidad aseguradora. A los efectos de cumplir con lo dispuesto en el mencionado artículo deberá aportar, asimismo, copia de los citados documentos originales para testimoniarlas y unirlas a las actuaciones de la sección 2ª.

De conformidad con el artículo 7 del mencionado Real Decreto, deberá acreditar las sucesivas renovaciones del seguro en idéntica forma. Se le hace saber que la infracción del deber de acreditar la renovación del seguro será causa justa de separación del cargo.

Asimismo, deberá comparecer ante la oficina judicial de este Juzgado para notificarse de las resoluciones, sin perjuicio de notificarse por correo electrónico o fax cuando proceda.

Por otra parte, deberá presentar el inventario de bienes y derechos de la masa activa dentro de los 15 días siguientes a la aceptación del cargo (artículo 191.1 LC).

Asimismo, deberá presentar el informe previsto en el artículo 75 LC en el plazo de un mes, contado a partir de la aceptación del cargo (artículo 191.2 LC).

El administrador deberá, asimismo, practicar la comunicación prevista en el artículo 95.1 LC al menos 5 días antes de la presentación de la lista de acreedores (artículo 191.3 LC).

e) Se ordena anunciar la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado por el trámite de urgencia y en el Registro Público Concursal. La publicación será gratuita en todo caso.

f) Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal en la dirección de correo electrónica que consta en el edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto de declaración de concurso en el BOE.

g) Se acuerda librar mandamiento al Registro Civil que corresponda para inscribir la presente declaración de concurso en el folio registral del concursado.

h) Notificar la existencia del presente proceso y la presente declaración a la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.

i) Requerir al concursado, mediante la notificación de esta resolución, para que ponga este auto en conocimiento de los Juzgados que ya conocen de procesos contra el concursado la declaración de concurso a los efectos que en cada caso procedan.

j) Formar con la demanda y la presente resolución carpeta del expediente, en que se tramitará la sección Primera del concurso.

Con testimonio de la presente resolución, fórmense las secciones segunda, tercera y cuarta.

k) Remítase oficio al Juzgado Decano de O Porriño al objeto de que se comunique a los Juzgados de 1ª Instancia la declaración de este concurso al objeto de que se abstengan de conocer de los procedimientos que puedan interponerse contra el concursado. Remítase también comunicación a los Juzgados Mercantiles de Pontevedra.

l) Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Se extiende el presente para que sirva de notificación del auto recaído en las actuaciones a los efectos legales oportunos.

O Porriño, 12 de junio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Fernández-Arias González.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid