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Documento BOE-B-2019-30130

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2019, páginas 37820 a 37821 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-30130

TEXTO

Edicto

Cédula De Notificación

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos Letrada de la

Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número Uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago Saber: Que en el procedimiento Concursal voluntario Abreviado número nº 110/2019, de la Entidad Miramar Media Entertainment SL, con CIF, nº B 76652676, se ha dictado Auto nº 144/2019 de fecha 10 de mayo de 2019, por el Juez de refuerzo JAT Don Néstor Padilla Díaz, cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador D. Leopoldo Pastor Llarena, en nombre y representación de Miramar Media Entertainment S.L., con CIF,nº B 76652676.

Segundo.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor Miramar media Entertainment S.L., con CIF, nº B 76652676 y domicilio en Avenida Principal Dársena Pesquera s/n Edificio Sofitesa Santa Cruz de Tenerife, Cp 38001

Tercero.- Se acuerda la Conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa y el archivo de las actuaciones.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder al cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Cuarto.- Anúnciese la declaración y conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publiicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público ConcursalLos anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Notifiquese el auto a las partes personadas.

Contra la presente cabe, por el deudor y por quien acredite interés legítimo, Recurso De Apelación ante la Audiencia Provincial.

El recurso se interpondrá por medido de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de Veinte Días, que se computará, para las partes personadas desde la respectiva notificación del auto y para las no personadas desde la publicación del extracto en el BOE. Para la admisión del recurso deberá consignarse previamente la cantidad de 50 euros.

Así lo dispone, manda y firma D. Néstor Padilla Díaz, Juez De refuerzo Jat del Juzgado de lo Mercantil Número 1de Santa Cruz de Tenerife."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicacion G r a t u i t a el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) Y en el Registro Público Concursal,extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de mayo de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Perez de Áscanio Gómez-Pablos.

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