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Documento BOE-B-2019-30924

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 2019, páginas 38904 a 38904 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-30924

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil 2 de A Coruña, en cumplimiento del art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

Que en el procedimiento CNA 239/16, se ha dictado auto de conclusión de concurso con fecha 10/01/19, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1. Se decreta la conclusión por insuficiencia de la masa activa para satisfacer créditos contra la masa del concurso Sociedad Cooperativa Galega de Forraxes San Lucas, CIF F-15.989.106, con domicilio social en el Lugar de Oa, 20 Xavestre, Trazo- A Coruña, con los efectos legales inherentes.

2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de administrador concursal.

4. Se acuerda la extinción de la Sociedad Cooperativa Galega de Forraxes San Lucas, y la cancelación de su inscripción en el Registro Provincial de Cooperativas de Coruña (inscrita en el tomo 12, hoja registral 1.305-C) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Modo de Impugnación contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 LC).

Así lo manda y firma S.S.ª D.ª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Coruña. Doy fé.

Y para que sirva de notificación y su publicación el Boletín Oficial del Estado, expido el presente edicto.

A Coruña, 6 de febrero de 2019.- Letrado de la Administracion de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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