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Documento BOE-B-2019-31227

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 2019, páginas 39324 a 39324 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-31227

TEXTO

Don Miguel Ángel García Herrera, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Valencia,

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se sigue el procedimiento antes referenciado, en el que se ha acordado, como lo verifico, notificar una/s resolución dictada/s en los autos indicados a los demandados Don Santos Ismelda Pérez Pérez y don Danny Manuel García Alcívar.

La/s resolución/es a notificar son del siguiente tenor literal:

Auto (n.º 267/19).

Iltmo. SR.:

D. Ignacio Wenceslao Lujan Muñoz.

En Valencia a diecisiete de junio de dos mil diecinueve.

Parte dispositiva:

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de don Santos Ismelda Pérez Pérez y don Danny Manuel García Alcívar.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 de la Ley Concursal.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

Se declara aprobada la rendición de cuetnas del Administrador Concursal -artículo 181,3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Desde la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L 3/2009) y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la letrada de los concursados don Santos Ismelda Pérez Pérez y don Danny Manuel García Alcívar, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión: quién en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos.

Lo acuerda y firma don Ignacio Wenceslao Luján Muñoz, Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Valencia, doy fe.

Valencia, 17 de junio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel García Herrera.

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