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Documento BOE-B-2019-31784

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental sobre sometimiento a Información Pública de la reordenación de los accesos existentes entre los puntos kilométricos 333+150 al 334+015 del margen derecha de la carretera N-110. T.M. San Lorenzo de Tormes.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2019, páginas 40063 a 40064 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-31784

TEXTO

Propuesta de Resolución por la que se propone la reordenación de los accesos existentes entre los puntos kilométricos 333+150 al 334+015 del margen derecha de la carretera N-110, para lo cual se procederá al levantamiento de los accesos existentes en los puntos kilométricos 333+575 y 333+635, margen derecha, de la carretera N-110. T.M. San Lorenzo de Tormes con objeto de mejorar la explotación y la seguridad vial de la carretera.

HECHOS.

PRIMERO.- En fecha 14 de mayo de 2019, por parte del Servicio Técnico adscrito a la Unidad de Carreteras del Estado en Ávila, se procede a realizar visita al tramo de carretera comprendido entre el p.k. 333+150 al 334+015 del margen derecha de la carretera N-110.

SEGUNDO.- Tras dicha visita y estudiada la situación actual de dicho tramo se comprueba la conveniencia de proceder a la adecuación de un camino de servicio entre los puntos kilométricos 333+150 al 334+015 y el levantamiento de los accesos existentes en los puntos kilométricos 333+575 y 333+635, todo ello en la margen derecha de la carretera N-110.

TERCERO.- Que por razones de seguridad vial, y de explotación de la carretera se justifica la supresión de los accesos existentes y la reordenación de accesos por la existencia de otros accesos alternativos en mejores condiciones de seguridad y visibilidad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

PRIMERO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 36.1 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre de Carreteras (BOE del día 29), el Ministerio de Fomento podrá limitar los accesos a las carreteras estatales y establecer con carácter obligatorio los lugares en los que tales accesos puedan construirse.

Art. 36.2- El Ministerio de Fomento queda facultado para reordenar los accesos existentes con objeto de mejorar la explotación de la carretera y la seguridad viaria pudiendo expropiar para ello los terrenos necesarios.

SEGUNDO.- Art. 102.1 y 2) del Reglamento General de Carreteras, de 2 de septiembre de 1994, R.D., 1812 (BOE del día 23).

TERCERO.- Es competente el Jefe de la Demarcación de Carreteras, para emitir informes y resoluciones sobre accesos a vías de servicio y carreteras convencionales, en base a la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio del Ministerio de Fomento sobre Delegación de Competencias sobre esta materia, (BOE de 25 de julio).

CUARTO.- Art. 104.5 del Reglamento General de Carreteras aprobado por RD/1812/94 de 2 de septiembre.

QUINTO.- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

SE PROPONE

La reordenación de los accesos existentes con el levantamiento de los accesos de los puntos kilométricos 333+575 y 333+635, así como la adecuación de un camino de servicio entre los puntos kilométricos 333+150 al 334+015 en el margen derecho, de la carretera N-110, T.M. SAN LORENZO DE TORMES.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con la mención expresa de los requisitos exigidos por el artº 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Y sométase a Información Pública, por suponer una reordenación de los accesos existentes, según establece el Artº 104.5 del Reglamento General de Carreteras aprobado por RD/1812/94 de 2 de septiembre.

Burgos, 8 de julio de 2019.- Ingeniero Jefe de la Demarcación, Alfredo González González.

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