E D I C T O
Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:
Que en el Sección Quinta de Liquidación del procedimiento de concurso 237/2015, referente a la concursada Pronamur Construcción S.L., con C.I.F. número B-73853434, por auto de fecha 12 de julio de 2019, se ha acordado lo siguiente:
"Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Pronamur Construcción S.L.
Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.
Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.
Lo acuerda y firma Francisco Cano Marco, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe."
Murcia, 12 de julio de 2019.- La Letrado de la Administracion de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
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