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Documento BOE-B-2019-32564

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2019, páginas 41172 a 41172 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-32564

TEXTO

E d i c t o

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en Sección declaración Concurso 0000245 /2019 con nig 36038 47 1 2019 0000462, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 15 de julio de 2019 auto de declaración de concurso Voluntario de la entidad CORRAL Y COUTO SL, con cif 36.019.149, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al libro 307, folio 20, Sección Sociedades, hoja PO 4.387 cuyo centro de intereses principales lo tiene en lugar de Toedo, nº 10, A Estrada Pontevedra 36680.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor.

Tercero.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Cuarto.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente:

ADV Concursal y Pericial, S.L., con NIF B32 434 938, con domicilio en Serafín Avendaño, 18 oficina 17 36201 Vigo-Pontevedra, teléfono 986 22 66 16, fax 988 21 9700, correo electrónico corralcoutoconcurso@advgrupo.com.

Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

Pontevedra, 16 de julio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

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