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Documento BOE-B-2019-32570

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 22 de julio de 2019, páginas 41178 a 41178 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-32570

TEXTO

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Que en el procedimiento número 9/10-2 al que fué acumulado el procedimiento número 10/10, referente a los deudores Herederos de Madrigal, S.L.U., con C.I.F. B-41522558, con centro de principales intereses en calle Doctor Fedriani, s/n, en Sevilla, y Daniel José Madrigal Navarro, con N.I.F. 28491030X, con domicilio en calle Magnetismo, 2, planta 6 puerta A, en Sevilla, por auto de fecha cinco de julio de dos mil diecinueve se ha acordado lo siguiente:

1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Herederos de Madrigal, S.L.U. y de Daniel José Madrigal Navarro llevado en este mismo Juzgado con el nº 9/10. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.

3.- La declaración de extinción de la sociedad Herederos de Madrigal, S.L.U. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.

Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

Sevilla, 5 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

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