Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Anuncia
Que en el procedimiento concursal CNA 830/2009-M en el que figuran como concursados Juan José Arriola Fernández, José Luis Aranzamendi Garramiola, María Aránzazu Zaldumbide Romero, Ana maría Elordi Echano y José Ramón Aranzamendi Garramiola sea dictado en el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa en el caso de Juan José Arriola Fernández, y por cumplimiento de convenio en el caso de José Luis Aranzamendi Garramiola y Ana María Elordi Echano y José Ramón Aranzamndi Garramiola y María Aránzazu Zaldumbide Romero.
La mismo resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición de los deudores.
Así mismo, se ha declarado que Juan José Arriola Fernández queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno
En Bilbao ( Bizkaia ), 2 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
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