El Consejo de Administración de este Puerto, en su sesión celebrada el día 26 de junio del presente año, de conformidad con la propuesta de la Dirección y en el ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 30.5.n) y s) del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobó el Pliego regulador de las superficies susceptibles de explotación por la Gerencia Urbanística Port Vell MP, que se delimitan en el referido Pliego, en las condiciones igualmente aprobadas y cuyas características son las siguientes:
Ámbito espacial: Superficie de terrenos de 8.816,60 m² en los ámbitos de la zona de interacción puerto-ciudad, de usos náuticos y de usos pesqueros del puerto de Barcelona.
Plazo: 25 años contados a partir del día 7 de noviembre de 2020.
Tasas (2019): Por ocupación: 131.450,95 euros. Por actividad: al 2% de los ingresos derivados de la actividad desarrollada en la concesión.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 85.7 del citado Real Decreto Legislativo 2/2011.
Barcelona, 25 de julio de 2019.- La Presidenta, Mercè Conesa Pagès.
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