Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-36017

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 31 de agosto de 2019, páginas 46413 a 46413 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-36017

TEXTO

Edicto

El Tribunal de Instancia Mercantil, sección segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.

Anuncia

Que en el procedimiento Concursal número 430/2017 referente al concursado CRIMO SEGURIDAD, S.L., con CIF: B 41739434, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla, avenida del Poeta Manuel Benítez Carrasco, número 28, local A (código postal 41013), por auto de 24 de julio de 2019, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abro la fase de liquidación que se encabezará con testimonio de esta resolución, transformándose la sección quinta.

2.- Suspendo las facultades de Administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

3.- Declaro disuelta la entidad CRIMO SEGURIDAD, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.- Acuerdo reponer en su cargo a la Administración concursal: doña Esperanza Martín Ferrer, con D.N.I.: 28498959-G, con domicilio en calle Balbino Marrón, Edificio Viapol, 3.º planta, Modulo 10, tel: 954.92.55.46 y fax: 954.92.39.37- dirección correo electrónico: esperanzam@economistas.org. Profesión: economista. A tel efecto, deberá aceptarse la reposición en el cargo en el plazo de cinco días.

5.- Confiero a la Administración concursal el plazo de quince días para la presentación del Plan de liquidación, que comenzará a contar desde el siguiente a la aceptación de la reposición en el cargo.

6.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

7.- Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para la inscripción de esta resolución en todos sus extremos (liquidación, disolución social, cese de administrador societario y nombramiento de la administración concursal), haciendo constar que no es firme.

8.- Acuerdo la formación de una pieza separada dentro de la sección de calificación que se hallare abierta, para su tramitación de forma autónoma.

9.- Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Sevilla, 31 de marzo de 2019.- La Letrada de la Administradión de Justicia, doña Rocio Amo Moreno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid