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Documento BOE-B-2019-38959

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 225, de 19 de septiembre de 2019, páginas 50085 a 50085 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-38959

TEXTO

D. Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Gijón, por el presente, hago saber:

1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 338/19, (NIG 33024 47 1 2019 000030), seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha de hoy Auto de Declaración de Concurso Consecutivo Abreviado y Apertura de la Fase de Liquidación de D. Jorge Álvarez Álvarez, NIF 10.865.797-E, con domicilio en la Calle Uría, nº 2, 2º A de Gijón.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente:

El Abogado D. Alejandro Alvargonzález Tremols

Teléfono: 984 058 044

Fax: 984 058 002

Dirección electrónica: aalvargonzalez@abcgcabogados.com

Dirección postal: Calle Munuza, nº 3, 1º Dcha., Gijón

Horario de atención

al público: De Lunes a Viernes de 09:30 a 13:30 y

16:30 a 20:00 horas.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

6º.- Abrir la fase de liquidación del concurso.

7º.- Dar traslado a los acreedores a fin de que puedan realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por el Mediador Concursal, en el plazo de diez días hábiles (art. 191 ter.2 y 242.8º LC.).

Gijón, 3 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Miguel Ángel Álvarez Turanzas.

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