Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
Primero. Que en el procedimiento concursal ordinario/abreviado número 0000210/2013 se ha dictado en fecha 6 de septiembre de 2019 el Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso/finalización de la liquidación del deudor Construcciones de Viviendas Zaragoza 2005, S.L. (COVIZA), D.N.I./C.I.F. B-99044919.
Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero. -Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 17 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.
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