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Documento BOE-B-2019-39665

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 2019, páginas 50938 a 50938 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-39665

TEXTO

Edicto

Doña Mónica Rubia López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de A Coruña, por el presente,

Hago Saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 72/2013-C relativos al deudor Química Industrial Proquintas, S.A., - Proquintas- con CIF A-15140650 se ha dictado en fecha 20 de febrero de 2019 el Auto de Reapertura en el que se acordó:

1.- Se acuerda la reapertura del presente procedimiento concursal limitándose a la fase de liquidación.

2.- Se nombra Administración concursal a María Muñiz Baños.

3.- La Administración concursal deberá continuar a pagar los créditos contra la masa conforme al orden establecido en el artículo 176 bis 2 de la Ley Concursal.

4.- La Administración concursal presentará en el plazo máximo de un mes y, en todo caso, diez días antes de la presentación de la rendición de cuentas (I) la actualización del Inventario y la Relación de Acreedores desde la solicitud de conclusión del concurso y (II) normas por las que se guiará la liquidación –importes a percibir por cada acreedor y su orden de prelación.

5.- La Administración concursal habrá de presentar completa rendición de cuentas que justificará cumplidamente la utilización que se haya hecho de las facultades de administración conferidas.

6.- Se acuerda la reapertura de la hoja registral de la concursada extinta en la forma prevista en el Reglamento del Registro Mercantil, inscribiéndose este Auto de reapertura del Concurso Voluntario

Líbrese mandamiento a los Registros en los que se inscribió y canceló la declaración de concurso.

7.- Notifíquese esta resolución a la Administración concursal, TGSS, FOGASA y AEAT.

8.- Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

Modo de Impugnación: mediante recurso de Reposición.

Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.

A Coruña, 5 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Mónica Rubia López.

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