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Documento BOE-B-2019-41224

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2019, páginas 53007 a 53007 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-41224

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento n.º 632/2019, (NIG 2906742120190027828) por auto de fecha 29/07/19, rectificado por auto de fecha 30/07/19, se ha declarado en concurso voluntario al deudor ENERGÍAS Y TELECOMUNICACIONES SALAZAR, S.L., con CIF 93289932, domicilio en C/ Estado, 18, de Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que la administración concursal la integra doña María Mejías Jiménez, provista de DNI 42865731X; española, mayor de edad, con vecindad civil común, vecina de Las Palmas, y con domicilio profesional y dirección postal a estos efectos en Málaga, C/ Irlanda, n.º 114, CP 29004, teléfono: 625678684; profesión: economista y con dirección de correo electrónico mejias.concursal@exnovo.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- En relación a los datos de carácter personal se hace saber a aquellos que consulten este edicto que, del uso distinto a los fines de este concurso de los datos de carácter personal que por imperativo legal se contienen, podrán derivarse las sanciones previstas en la normativa de protección de datos, quedando expresamente prohibido su incorporación a cualquier registro de naturaleza privada.

Málaga, 27 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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