Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-41338

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2019, páginas 53170 a 53171 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-41338

TEXTO

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario nº 504/2019, de la entidad Verdisol Comercialización y Distribución de Verdura, S.L.U., con C.I.F. B-38743902, se ha dictado Auto de fecha 4 de septiembre de 2019, por el Juez don Néstor Padilla Díaz, cuyos puntos principales de su PARTE DISPOSITIVA, es del tenor literal siguiente:

"PRIMERO.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora doña Renata Martín Vedder, en nombre y representación de Verdisol Comercialización y Distribución de Verdura, S.L.U., con CIF, nº B38743902.

SEGUNDO.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario al deudor Verdisol Comercialización y Distribución de Verdura, S.L.U., con número de CIF nº B38743902 y domicilio en carretera General Cuesta-Taco nº 65, 3820 de San Cristóbal de La Laguna. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas generales del Capítulo I del Título VIII de la LC, en relación con el procedimiento ordinario.

TERCERO.- El deudor Verdisol Comercialización y Distribución de Verdura, S.L.U., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

CUARTO.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a Javier Silveira Hernández (Abogado) que reúnen los requisitos del artículo 27 de la LC. Se autoriza a la Administración concursal para que pueda acceder al establecimiento del Deudor, revisar sus libros y contabilidad y recabar cuantos documentos e información considere necesaria o conveniente para el interés del concurso.

QUINTO.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en el artículo 92.1 de la LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho titulación crediticia.(...) Notifíquese este Auto a las partes personadas. Este Auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso. (...)

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, Recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de, que no tendrá carácter suspensivo, mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC) o desde la última publicación del anuncio de declaración del concurso. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite.(...).- Asó lo dispone, manda y firma don Néstor Padilla Díaz, Juez de refuerzo JAT del Juzgado de lo mercantil Nº 1 de Santa Cruz de Tenerife."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores. Mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) Y en el Registro Público Concursal, se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persono: don Javier Silveira Hernández con DNI nº 52366795-G, profesión Letrado colegiado con el nº C67752 de ICAM, que designa como domicilio en Tenerife calle Robayna, nº 8 5º planta, puerta 11, C.P. 38003, Santa Cruz de Tenerife (domicilio de la Procuradora doña María Colina Melían Carrillo), y teléfono fijo nº 914365178, fax nº 915777190, correo electrónico j.silveira@icam.es - extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid