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Documento BOE-B-2019-42430

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 9 de octubre de 2019, páginas 54495 a 54495 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-42430

TEXTO

Don Xavier Garcia Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1676/2019 Sección: C

NIG: 0801947120198017344

Fecha del auto de declaración. 18/9/19 y auto aclaración 2/10/19.

Clase de concurso. Voluntario consecutivo

Entidad concursada. Don Javier Bisbe Vives, con DNI 46.118.578-J

Administrador concursal. Se ha designado como Administrador concursal:

Don David Gómez Zaragoza con DNI 46.962.982-H y domicilio profesional en c/Pedro i Pons n.º 9-11, 13.º 08034 Barcelona, correo electrónico dgomez@mercatoria.es y teléfono 93 6114765 y fax 93 611 47 66

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 2 de octubre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier Garcia Bonet.

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