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Documento BOE-B-2019-42598

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 10 de octubre de 2019, páginas 54733 a 54733 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-42598

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º- Que en el Concurso Consecutivo Abreviado numero 0000404/2019, NIG 3120147120190000394, por auto de 16 de septiembre de 2019 se ha declarado en concurso de materia Materia Concursal a los deudores, don Francisco Javier Maeztu Macua y María de las Mercedes Ruiz Ruiz con NIF nº 72667903R y 72669999G y domicilio en, calle San Andres, 2 4 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Estella.

2.º- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidos por la Administración concursal.

3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por, doña Virginia Ibilceta Segura, con domicilio postal en avenida Pio XII, n.º 37 entrepl. Of 6 de 31008 de Pamplona y dirección electrónica: vibilcieta@micap.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso.

4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC)

5.º- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, y tener por presentado plan de liquidación, dando traslado del plan presentado por plazo de 15 días para que los concursados y los acreedores puedan realizar alegaciones u observaciones al mismo y formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos para acordar el beneficio, de la exoneración del pasivo insatisfecho de los concursados personas naturales. El plazo de quince días, antes citado, comenzara a computarse el dia siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE

Pamplona, 25 de septiembre de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, Elena Mª Daniel del Valle.

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