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Documento BOE-B-2019-43554

Extracto de la Resolución de 3 de octubre de 2019 de la Fundación Pluralismo y Convivencia, por la que se convocan ayudas para programas relacionados con el fortalecimiento institucional y de coordinación con sus comunidades religiosas, y para mejora y mantenimiento de infraestructuras y equipamiento de los órganos federativos de las confesiones religiosas minoritarias con Acuerdo de cooperación con el Estado español, para el año 2020

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 15 de octubre de 2019, páginas 55893 a 55894 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-B-2019-43554

TEXTO

BDNS(Identif.):476649

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Solamente podrán ser entidades beneficiarias de la presente convocatoria las Federaciones firmantes de Acuerdo de cooperación con el Estado: la Comisión Islámica de España (CIE), la Federación de Comunidades Judía de España (FCJE) y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE).

Segundo. Objeto:

Regular el régimen de concesión de ayudas destinadas a las estructuras federativas de las confesiones religiosas minoritarias con Acuerdo de cooperación, a ejecutar durante el año 2020. Podrán ser objeto de estas ayudas las propuestas que incluyan:

a) Programas ejecutados por las Federaciones y sus representaciones territoriales.

b) Subprogramas ejecutados por entidades federadas y/o denominaciones que formen parte de las distintas Federaciones nacionales de las confesiones minoritarias con Acuerdo de cooperación.

Tercero. Finalidad.

La finalidad de las ayudas es fortalecer la cooperación, el diálogo y la interlocución estructurada y estable con las confesiones minoritarias, favoreciendo que las personas pertenecientes a ellas puedan ejercer plenamente su libertad religiosa, promoviendo su participación en los procesos de construcción social, y promover el conocimiento, el diálogo y el acercamiento de las confesiones entre sí y de estas con la sociedad.

Cuarto. Bases reguladoras:

Resolución de 19 de septiembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se autoriza a la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P., a otorgar subvenciones y se aprueban las bases reguladoras para su concesión. Boletín Oficial del Estado núm. 231 de 25 de septiembre de 2019.

Cuarto. Cuantía:

Las ayudas a conceder para 2020 se realizarán con cargo a la dotación presupuestaria prevista en el presupuesto de la Fundación para la Línea 1.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado hasta el 18 de noviembre de 2019.

Madrid, 3 de octubre de 2019.- Directora de la Fundación, Inés Mazarrasa Steinkuhler.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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