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Documento BOE-B-2019-4493

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2019, páginas 5619 a 5619 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-4493

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 108/2019, por Auto dictado en fecha 28 de enero de 2019, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Agregador de Ocio Fiestify, S.L., con CIF: B87614012.

2º.- Que la mercantil Agregador de Ocio Fiestify, S.L. conserva las facultades de Administración y de disposición de su patrimonio.

3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.

4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador Concursal al no haber sido designado.

5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso;

6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.

Madrid, 30 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de justicia, María Jesús Palmero Sandín.

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