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Documento BOE-B-2019-4499

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2019, páginas 5625 a 5625 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-4499

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid,

Edicto

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento 1342/2018 entre Clic Products y Banco Santander, S.A., en el que se ha dictado Decreto cuyos antecedentes y parte dispositiva, en extracto, son del tenor literal siguiente:

Decreto.

Letrado/s de la Administración de Justicia Sr. D. Juan Luis Ramos Mendoza.

Lugar: Madrid.

Fecha: diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho.

Antecedentes de hecho

Único.- Por el Procurador doña María Elena Martín Garcia, en nombre y representación de Clic Products se ha presentado en fecha 9 de octubre de 2018 escrito solicitando la anulación de titulo por extravía y expedición de nuevo cheque bancario.

Parte dispositiva

Admito la solicitud presentada por la Procuradora doña María Elena Martín García, en nombre y representación de Clic Products, sobre Obligaciones: otras cuestiones y tengo al/a la referido/a Procurador/a como comparecido/a y parte en la representación que acredita.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 27 de febrero de 2019, a las 10:00 horas de su mañana, en la Secretaría de este Juzgado.

A la comparecencia, se citará a la parte solicitante, y al representante legal del Banco de Santander, en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones; con la antelación y prevenciones previstas en el art. 17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de la Admón. de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación expido y firmo el presente para su publicación.

Madrid, 20 de diciembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Don Juan Luis Ramos Mendoza.

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