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Documento BOE-B-2019-45106

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2019, páginas 57939 a 57939 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-45106

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 884/2019, (NIG 2906742120190036633) por auto de fecha 15 de octubre de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor COUTELEAU Y GARCÍA, S.A., con CIF A29491214 y domicilio en carretera A-404, kilómetro 23.8 de Alhaurín de la Torre (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.

3º.- Que la Administración concursal la integra doña María Isabel Muñoz-Perea Piñar, provista de DNI 3867235S, española, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casada en régimen de separación de bienes, domicilio y dirección postal en plaza Costa del Sol nº 5, 4º E, CP 29620 de Torremolinos, Málaga. Teléfono 952 054 154, profesión Abogada, con dirección de correo electrónico couteleauygarcia@munozperea.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 22 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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