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Documento BOE-B-2019-46154

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 2019, páginas 59199 a 59199 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-46154

TEXTO

EDICTO

Dña. PILAR SOLANOT GARCÍA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente

Hago saber: Que en el procedimiento CONCURSO ABREVIADO (CNA) 929/2015-D sobre declaración de concurso de la mercantil VICENTE BELLIURE CONSTRUCCIONES NAVALES, S.L., con domicilio en Calle PUERTO PESQUERO S/N, DÁRSENA DEL PUERTO, CALPE, 03710 ALICANTE, y CIF B03268893, se ha dictado auto de fecha 17/10/2019, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:

1 Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa.

2.-Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.

3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal.

5.- Cesar la administración concursal en el ejercicio de su cargo.

6.- La presente resolución se notificara mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará la misma publicidad prevista en el artículo 24.

El cómputo de los plazos que se contengan en esta resolución y/o los plazos para la interposición de los recursos contra la misma en caso de no ser firme, se iniciaran para las partes no personadas en el procedimiento desde su notificación por lexnet y para los no personados desde su publicación en el RPC.

MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.

Alicante, 17 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot Garcia.

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