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Documento BOE-B-2019-46634

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 4 de noviembre de 2019, páginas 59763 a 59763 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-46634

TEXTO

Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 1555/2019 Sección B

NIG: 0801947120198016013

Fecha del auto de declaración. 26/09/2019.

Clase de concurso. CONSECUTIVO

Entidad concursada. Santiago Guillermo Lansaque Oto, con DNI 365616221H, con domicilio en la calle ROURE, 35 CASA, Urb. Castellar de Indias (08396 San Cebrià de Vallalta).

Administradores Concursales: XAVIER PERNA BERTRÁN, en calidad de Economista. Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio: Travessera de Gràcia, 18-20, 5º 3ª (08021 Barcelona). Y, para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada; y la dirección de correo electrónico: administracionconcursal@perna-asociados.com, teléfono de contacto nº 932010751 y fax nº 932010752.

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica señaladas a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) – Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Publico Concursal donde se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se acuerda la apertura de la liquidación

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administracion concursal, comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Barcelona, 3 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier Garcia Bonet.

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