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Documento BOE-B-2019-47216

Anuncio de 28 de Marzo de 2019 de la Delegación del Gobierno en Granada, por el que se hace pública la resolución de la entonces Viceconsejería de Empleo, Empresa y Comercio de fecha 18 de diciembre de 2018, por la que se declara la condición de aguas minero-medicinales a las relativas al recurso de la sección B denominado "Aguas del Manar" numero 61, sito en el termino municipal de Villamena (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 6 de noviembre de 2019, páginas 60618 a 60618 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2019-47216

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 24.4 de La Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, en relación con el artículo 26.2.m de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; y con el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de las Consejerías y el Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, se hace pública la Resolución que se cita en el sumario:

Resolución de la Viceconsejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se declara la condición de aguas minero-medicinales las relativas al recurso de la sección B) denominado "Aguas del Manar", nº 61.

Visto el expediente incoado por la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Granada, a instancias de la entidad Aguas Bellavista S.L. que tiene como fin la declaración de la condición de aguas minero-medicinales, a las relativas al recurso de la Sección B) denominado "Aguas del Manar", nº 61, sito en el término municipal de Villamena (Granada), cuyas coordenadas UTM son X-444.783 Y-4.094.191, para el posterior aprovechamiento como agua envasada para consumo humano.

Resuelve declarar la condición de aguas minero-medicinales a las relativas al recurso de la Sección B) denominado "Aguas del Manar", nº 61, sito en el término municipal de Villamena (Granada) cuyas coordenadas UTM son X-444.783 Y-4.094.191 para el posterior aprovechamiento del recurso como agua envasada para consumo humano, debiendo solicitarse la oportuna autorización dentro del plazo improrrogable de un año, contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de declaración. En caso de no solicitarse dentro del plazo reseñado, se dará por extinguido, sin más trámite, el derecho preferente al aprovechamiento del recurso por parte de la entidad Aguas Bellavista S.L. La declaración se entenderá sin perjuicio de terceros y no excluirá la necesidad de obtener las demás autorizaciones que con arreglo a las leyes sean necesarias.

Granada, 28 de marzo de 2019.- El Delegado del Gobierno en Granada, Pablo García Pérez.

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