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Documento BOE-B-2019-48442

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 13 de noviembre de 2019, páginas 62189 a 62189 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-48442

TEXTO

Edicto

Sonia Pérez Franco, Letrada en sustitución de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso de la mercantil Lortel Shoes, S.L., dictado por este órgano judicial en fecha 16 de octubre de 2019,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso abreviado 1525/2019 Sección: E.

Fecha del auto de declaración. 16 de octubre de 2019.

Clase de concurso: Voluntario abreviado.

Entidad concursada. Lortel Shoes, S.L., con B-55042238.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Pueo Meler Advocats, S.L.P., quien designa a doña Mercè Pueo Meler.

Dirección postal: Juli Garreta 1º, 3º D de Girona. CP 17002.

Dirección electrónica: lortel@pueomeler.com

Régimen de las facultades del concursado.

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Como consecuencia, también le han sido suspendidos las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Ramon Folch, 4 - 6 de Girona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Girona, 30 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Sonia Pérez Franco.

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